Compra de autos (CEDOC)
Compra de autos Foto: CEDOC
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Cambios de la UIF en el origen de los fondos: a partir de qué monto aplica en la compra de autos 6a365g

La Unidad de Investigación Financiera actualizó los valores. Cómo quedó la normativa con los últimos cambios. 43k6

viernes 06 de junio de 2025

La Unidad de Información Financiera (UIF) introdujo esta semana una serie de modificaciones normativas que impactan directamente en el régimen de prevención del lavado de dinero dentro del mercado automotor. A través de una resolución publicada este miércoles, el organismo actualizó procedimientos clave aplicables a registros automotores, escribanos y entidades financieras, con el objetivo de modernizar los controles y adaptar los umbrales a la realidad económica actual.

Entre los cambios más relevantes se encuentra la modificación del artículo 16 de la Resolución N.º 127/2012, que regula la obligación de elaborar una base de datos acerca del cliente en operaciones de compraventa de vehículos. A partir de ahora, este documento solo será exigido cuando una persona física o jurídica concrete operaciones por un monto anual igual o superior a 115 millones de pesos.

En caso de superar ese umbral, el comprador deberá presentar documentación que respalde el origen de los fondos, como escrituras, resúmenes bancarios o comprobantes de venta de bienes. Como novedad, ya no será necesario incluir una certificación contable, y no se aceptarán declaraciones juradas impositivas como único respaldo.

Asimismo, la UIF estableció que no será obligatorio presentar el perfil del cliente cuando el pago del vehículo se realice mediante una transferencia bancaria, un cheque personal o a través de un crédito otorgado por una entidad financiera regulada. Esta medida apunta a facilitar operaciones legítimas dentro del canal bancarizado y promover una trazabilidad más eficiente sin imponer cargas innecesarias a los compradores.

Otro punto destacado es la actualización del artículo 26, que eleva el umbral a partir del cual los registros del automotor deben reportar una operación como de alto monto. Ahora, ese piso se ubica en 50 millones de pesos, lo que permitirá enfocar los controles en movimientos financieros verdaderamente significativos, acorde con un enfoque basado en riesgos, en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

En paralelo, la UIF suspendió hasta enero de 2026 el mecanismo de actualización automática de umbrales, que ajustaba semestralmente los montos de control según el Índice de Precios del Sector Automotor publicado por ACARA. 

Con estas medidas, el organismo busca un equilibrio entre la flexibilización de requisitos para el comercio automotor y la fortalecimiento del control sobre operaciones riesgosas, priorizando la trazabilidad del dinero y el uso de medios de pago formales sin entorpecer la actividad legítima del sector.

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