Tal y como habíamos adelantado, hoy el Gobierno oficializó la reducción de la tasa adicional del impuesto interno para automóviles, motos y embarcaciones, que había sido implementada por la istración de Cristina Fernández de Kirchner en enero de 2014.
Según el decreto 11/2016, publicado hoy en el Boletín Oficial, los autos cuyo valor de venta -sin incluir impuestos- sea igual o menor a $350 mil quedarán exentos del pago del impuesto. Hasta el momento, ese límite inferior era de $225 mil, y debido a la suba de precios experimentada en los últimos meses, casi ningún modelo quedaba por debajo de esa suma.
En tanto, aquellos autos que sean comercializados a un valor de entre $350 mil y $800 mil estarán gravados con una tasa de 10%, mientras que los que superen los $800 mil tributarán un 20% de su valor.
Hasta el momento, los modelos que se ubicaban entre los $225mil y $278 mil tributaban un 30%, mientras que en los que superaban ese precio la tasa era de 50 por ciento.
Motos y embarcaciones
De acuerdo al decreto, en el caso de las motos se elevó el piso para el pago del adicional del impuesto interno de $39.700 a $65 mil: las unidades que superen este monto deberán pagar un 10 por ciento.
Por su parte, las embarcaciones que -sin impuestos- tengan un precio de mercado igual o inferior a $400 mil quedarán exentas del impuesto, mientras que las que lo superen tributarán un 10% de su valor.
La nueva escala del impuesto interno para vehículos tendrá vigencia retroactiva a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio próximo.